Qué documentación acredita el arraigo en España

Qué documentación acredita el arraigo en España

A la hora de solicitar la residencia por arraigo social en España, muchas personas tienen la falsa creencia de que los documentos que lo acreditan y que deben presentar deben ser de organismos públicos o lo más oficiales posible.

No pretendemos restar importancia a tal documental, pero ciertamente no es la única que se puede y debe aportar para acreditar tal arraigo.

En este sentido, puedes aportar tanto documentación pública como documentación privada.

De esta forma,  puedes aportar cualquier documento donde aparezca la fecha y tu nombre completo. Puedes aportar  certificados médicos, facturas, recibos, envíos de dinero, contratos de cuenta bancaria, certificados relativos a estudios,  etc.

En esta materia  es recomendable aportar toda la documentación de la  que dispongas, para que la Oficina de Extranjería pueda comprobar  que tu permanencia ha sido continuada en España durante los 3 años requeridos previos a la solicitud. En ningún caso, el funcionario que te atienda se puede negar a aceptar  toda la documentación que aportes al expediente, siendo indiferente su naturaleza pública o privada.

Luis del Riego Alonso

Abogado

Queipo y Riego Abogados de Extranjería.